CONCEPTO:
Es el proceso mediante el cual se reconocen las capacidades adquiridas por el estudiante al validar sus calificaciones adquiridas en un PE para aplicarse a otro de similar contenido, estimando su precio crediticio. La sola convalidación no conduce a un título o certificación, sino que permite la incorporación o continuación en el proceso formativo. Dicho proceso implica un análisis técnico- académico que evalúe los contenidos de los sílabos correspondientes para establecer las equivalencias debidas que justifiquen tal reconocimiento.
Procedimientos
1. Solicitud dirigida a la Directora General de la EESPP “JOSÉ JIMÉNEZ BORJA”, antes de iniciado el proceso de matrícula.
2. Sílabos de los cursos y/o módulos cursadas
3. Constancia de aprobación del ciclo.
Consideraciones
- Solicitud de convalidación y requisitos solicitados a través de Mesa de Partes.
- Mesa de Partes deriva a Dirección General el Expediente.
- Dirección General entrega el expediente al Jefe de Unidad Académica.
- Conformación del COATC bajo la supervisión de Jefe de Unidad Académica.
- Revisión de la convalidación podrá otorgarse cuando el curso a convalidar tenga una similitud en contenido, en por lo menos el 70 % al curso de destino a cargo del COATC al Jefe de Unidad Académica.
- Evaluación de los cursos de estudios generales se convalidarán de manera automática siempre y cuando el número de créditos sea igual o mayor al número de créditos del curso de la carrera o Programa de estudio a cargo del COATC al Jefe de Unidad Académica.
- No procede la convalidación de lo siguiente: cursos desaprobados, cursos del componente curricular de formación específica, excepto si proviene de la misma carrera profesional o Programa de Estudios, cursos del área de práctica o de investigación correspondientes a los ciclos VIl al X, en caso de cambio de carrera o especialidad a cargo del COATC al Jefe de Unidad Académica.
- El procedimiento aplica para reincorporación (licencia) y reingreso (a través del proceso de admisión).
- Pago por derecho de convalidación en la cuenta del Banco de la Nación a cargo de Tesorería.
- Elaboración de la Resolución Directoral de aprobación por Secretaría Académica.
- Firma de la Resolución Directoral de convalidación por traslado Dirección General.
- Entrega de la Resolución Directoral al estudiante solicitante.
FORMULARIO PARA REGISTRO DE PROCESO DE CONVALIDACIÓN
